Leyes Paraguayas

Ley Nº 4062 / CONCEDE NACIONALIDAD PARAGUAYA HONORARIA, EN CARÁCTER PÓSTUMO, AL ILUSTRE JURISCONSULTO ARGENTINO JUAN BAUTISTA ALBERDI.



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​LEY N° 4.062
QUE CONCEDE NACIONALIDAD PARAGUAYA HONORARIA, EN CARÁCTER PÓSTUMO, AL ILUSTRE JURISCONSULTO ARGENTINO JUAN BAUTISTA ALBERDI.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Concédese la nacionalidad paraguaya honoraria, en carácter póstumo al ilustre jurisconsulto Juan Bautista Alberdi, natural de la República Argentina, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 151 de la Constitución Nacional.
Artículo 2°.- Promulgada esta Ley, el Presidente del Congreso Nacional entregará al representante diplomático de la República Argentina una copia de la misma en un acto público y con las solemnidades del caso.
Artículo 3°.- Autorízase a la Municipalidad de San Lorenzo a erigir un Monumento Nacional del Ilustre Prócer Juan Bautista Alberdi en el predio de la Universidad Nacional de Asunción de dicha ciudad.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días del mes de junio del año dos mil diez, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veinte días del mes de julio del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.

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