Leyes Paraguayas

Ley Nº 4572 / DENOMINA “DOCTOR ANIBAL LEONCIO MEDINA VALIENTE” AL HOSPITAL REGIONAL DE PEDRO JUAN CABALLERO, SEDE DE LA XIII REGIÓN SANITARIA DEL DEPARTAMENTO AMAMBAY



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LEY N° 4.572
QUE DENOMINA “DOCTOR ANIBAL LEONCIO MEDINA VALIENTE” AL HOSPITAL REGIONAL DE PEDRO JUAN CABALLERO, SEDE DE LA XIII REGIÓN SANITARIA DEL DEPARTAMENTO AMAMBAY.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Denomínase “Doctor Aníbal Leoncio Medina Valiente” al Hospital Regional de Pedro Juan Caballero, sede de la XIII Región Sanitaria del Departamento Amambay.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los ocho días del mes de setiembre del año dos mil once, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil once, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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