Leyes Paraguayas

Ley Nº 3379 / APRUEBA EL CONVENIO DE PRESTAMO N° 7406-PA ‘PROYECTO DE MEJORAMIENTO, GESTION Y MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL (ROAD MAINTENANCE PROJECT)’, POR US$ 74.000.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SETENTA Y CUATRO MILLONES), SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), FECHADO EL 13 DE OCTUBRE DE 2006, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC), EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE ASISTENCIA AL PAIS DEL BANCO 2004-2007; Y QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, APROBADO POR LEY Nº 3148 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2006



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LEY N° 3379
QUE APRUEBA EL CONVENIO DE PRESTAMO N° 7406-PA ‘PROYECTO DE MEJORAMIENTO, GESTION Y MANTENIMIENTO DE LA RED VIAL (ROAD MAINTENANCE PROJECT)’, POR US$ 74.000.000 (DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA SETENTA Y CUATRO MILLONES), SUSCRITO ENTRE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO (BIRF), FECHADO EL 13 DE OCTUBRE DE 2006, A CARGO DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES (MOPC), EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE ASISTENCIA AL PAIS DEL BANCO 2004-2007; Y QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2007, APROBADO POR LEY Nº 3148 DEL 29 DE DICIEMBRE DE 2006
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGAUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase el Convenio de Préstamo N° 7406-PA “Proyecto de Mejoramiento, Gestión y Mantenimiento de la Red Vial (Road Maintenance Project)”, por US$ 74.000.000 (Dólares de los Estados Unidos de América setenta y cuatro millones), suscrito entre la República del Paraguay y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), fechada el 13 de octubre de 2006, a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), en el marco de la Estrategia de Asistencia al País del Banco 2004-2007, cuyo texto se transcribe como Anexo a esta Ley.
Artículo 2°.- Modifícase la estimación de los ingresos de la Administración Central (Tesorería General y Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones), correspondiente al Ejercicio Fiscal 2007, por un monto total de G. 110.000.000 (Guaraníes ciento diez millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3°.- Apruébase la modificación del crédito presupuestario para la Administración Central por la suma de G. 150.000.000 (Guaraníes ciento cincuenta millones), que estará afectada al Presupuesto 2007 del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los ocho días del mes de noviembre del año dos mil siete, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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