Leyes Paraguayas

Ley Nº 3018 / DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N° 102, PADRÓN N° 131, DEL DISTRITO DE SAN ESTANISLAO DEL DEPARTAMENTO SAN PEDRO



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LEY N° 3018
QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT), EL INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO FINCA N° 102, PADRÓN N° 131, DEL DISTRITO DE SAN ESTANISLAO DEL DEPARTAMENTO SAN PEDRO.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY:
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor del Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), el inmueble individualizado como Finca N° 102, Padrón N° 131 del Distrito de San Estanislao del Departamento San Pedro, con una SUPERFICIE de 488 ha 3.414 m2 (CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO HECTAREAS CON TRES MIL CUATROCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- El Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT) y los propietarios acordarán en un plazo no mayor a noventa días el precio de la finca a ser expropiada. En caso de no haber acuerdo entre las partes, podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a ocho días del mes de junio del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, siete días del mes de setiembre del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000003018






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