Leyes Paraguayas

Ley Nツコ 3705 / AUMENTA LA PENSION GRACIABLE CONCEDIDA A FAVOR DE LA SEテ前RA AMELIA GONZALEZ BRIZUELA



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LEY Nツー 3705
QUE AUMENTA LA PENSION GRACIABLE CONCEDIDA A FAVOR DE LA SEテ前RA AMELIA GONZALEZ BRIZUELA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE 
LEY
Artテュculo 1ツー.- Aumテゥntase a G. 1.500.000 (Guaranテュes un millテウn quinientos mil) mensuales, la pensiテウn graciable concedida a favor de la seテアora Amelia Gonzテ。lez Brizuela.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- La beneficiaria de esta pensiテウn graciable no podrテ。 acogerse a otros beneficiarios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Derテウgase la Ley Nツー 3202 de fecha 10 de mayo de 2007.
Artテュculo 5ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.          
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a dieciocho dテュas del mes de setiembre del aテアo dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a diecinueve dテュas del mes de marzo del aテアo dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 211 de la Constituciテウn Nacional.

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