Leyes Paraguayas

Ley Nº 3730 / DECLARA EN SITUACION DE EMERGENCIA A LOS DEPARTAMENTOS: I CONCEPCION, XV PRESIDENTE HAYES, XVI ALTO PARAGUAY Y XVII BOQUERON.



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LEY N° 3.730
QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA A LOS DEPARTAMENTOS: I CONCEPCIÓN, XV PRESIDENTE HAYES, XVI ALTO PARAGUAY Y XVII BOQUERÓN.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Declárase en situación de Emergencia a los Departamentos: I Concepción, XV Presidente Hayes, XVI Alto Paraguay y XVII Boquerón, de conformidad al Artículo 202, numeral 13) de la Constitución Nacional, para combatir la grave sequía que afecta a estas zonas del territorio de la República del Paraguay.
Artículo 2º.- Los Ministerios dependientes del Poder Ejecutivo, la Secretaría de Emergencia Nacional (S.E.N.), y los organismos concurrentes por la Ley Nº 2615/05  â€œQUE CREA LA SECRETARÃA DE EMERGENCIA NACIONAL (S.E.N.)â€, adoptarán todas las medidas conducentes para cooperar con los pobladores y productores de los Departamentos hallados en situación crítica, citados en el artículo anterior, mediante asistencia técnica y crediticia oportuna; como asimismo, se impriman medidas de carácter sanitario y de asistencia social.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los treinta días del mes de abril del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los cinco días del mes de mayo del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204  de la Constitución Nacional.

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