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LEY N° 3.730
QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA A LOS DEPARTAMENTOS: I CONCEPCIÓN, XV PRESIDENTE HAYES, XVI ALTO PARAGUAY Y XVII BOQUERÓN.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ArtÃculo 1°.- Declárase en situación de Emergencia a los Departamentos: I Concepción, XV Presidente Hayes, XVI Alto Paraguay y XVII Boquerón, de conformidad al ArtÃculo 202, numeral 13) de la Constitución Nacional, para combatir la grave sequÃa que afecta a estas zonas del territorio de la República del Paraguay.
ArtÃculo 2º.- Los Ministerios dependientes del Poder Ejecutivo, la SecretarÃa de Emergencia Nacional (S.E.N.), y los organismos concurrentes por la Ley Nº 2615/05 “QUE CREA LA SECRETARÃA DE EMERGENCIA NACIONAL (S.E.N.)â€, adoptarán todas las medidas conducentes para cooperar con los pobladores y productores de los Departamentos hallados en situación crÃtica, citados en el artÃculo anterior, mediante asistencia técnica y crediticia oportuna; como asimismo, se impriman medidas de carácter sanitario y de asistencia social.
ArtÃculo 3º.- ComunÃquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los treinta dÃas del mes de abril del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los cinco dÃas del mes de mayo del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el ArtÃculo 204 de la Constitución Nacional.