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LEY N° 1.438
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 1999, APROBADO POR LEY N° 1382 DE FECHA 12 DE ENERO DE 1999, DE LA JUSTICIA ELECTORAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central, por la suma de G. 19.883.974.188 (diecinueve mil ochocientos ochenta y tres millones novecientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y ocho guaraníes), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Justicia Electoral, por la suma de G. 19.883.974.188 (diecinueve mil ochocientos ochenta y tres millones novecientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y ocho guaraníes), conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de la Administración Central, por la suma de G. 19.883.974.188 (diecinueve mil ochocientos ochenta y tres millones novecientos setenta y cuatro mil ciento ochenta y ocho guaraníes), que estará afectado al Presupuesto 1999 del Tribunal Superior de Justicia Electoral, conforme al siguiente detalle:
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veinte días del mes de mayo del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a tres días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y nueve, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1 de la Constitución Nacional.-