Descargar Archivo: Ley 1968 (56.9 KB)
LEY N° 1.968
QUE MODIFICA LA LEY N° 1639 “QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 536 DEL 16 DE ENERO DE 1995, DE FOMENTO A LA FORESTACION Y REFORESTACION”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo1°.- Modificar el Artículo 3° de la Ley N° 1639 “QUE MODIFICA Y AMPLIA LA LEY N° 536 DEL 16 DE ENERO DE 1995, DE FOMENTO A LA FORESTACION Y REFORESTACION”, cuyo texto queda redactado como sigue:
“Art. . 3°.- La emisión autorizada por el Artículo anterior será realizada con las siguientes condiciones:
- los bonos otorgados en virtud de la presente Ley serán nominativos, negociables y transferibles; y estarán exentos del pago de todo tributo;
- el plazo de vencimiento será de cinco años; y,
- la tasa de interés será equivalente al promedio de la tasa de inflación anual de los últimos cinco años, más un 2% (dos por ciento) anual.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de mayo del año dos mil dos, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintidos días del mes de agosto del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.