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LEY N° 1.304
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTO), UN INMUEBLE ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA Nº 13.796 “SAN FRANCISCO”, UBICADO EN LA 9ª COMPAÑÍA ITAPUAMÍ DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Luque a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Culto), un inmueble individualizado como parte de la Finca Nº 24.326, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el Nº 1 al folio 1 y siguientes del año 1989, destinado inicialmente para plaza y edificios públicos, asiento de la Escuela Graduada Nº 13.796 “San Francisco”, ubicado en la 9ª Compañía Itapuamí, del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
FRACCION “A” : Destinada para edificios públicos:
AL NORTE: Mide 17 m. (diecisiete metros), linda con la propiedad de la Señora María Acosta;
AL SUR: Mide 14 m. (catorce metros), linda con calle pública.
AL ESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta centímetros), linda con la Fracción “B”, destinada originalmente para plaza; y,
AL OESTE: Mide 39,17 m. (treinta y nueve metros con diecisiete centímetros), linda con propiedad del Señor Eusebio Acosta.
SUPERFICIE: 607,60 m² (seiscientos siete metros cuadrados con sesenta decímetros cuadrados).
AL NORTE: Mide 17 m. (diecisiete metros), linda con la propiedad de la Señora María Acosta;
AL SUR: Mide 14 m. (catorce metros), linda con calle pública.
AL ESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta centímetros), linda con la Fracción “B”, destinada originalmente para plaza; y,
AL OESTE: Mide 39,17 m. (treinta y nueve metros con diecisiete centímetros), linda con propiedad del Señor Eusebio Acosta.
SUPERFICIE: 607,60 m² (seiscientos siete metros cuadrados con sesenta decímetros cuadrados).
FRACCIÓN “B”: Parte del inmueble destinado para plaza.
AL NORTE: Mide 11 m. (once metros), linda con la propiedad de la Señora María Acosta;
AL SUR: Mide 11 m. (once metros), linda con calle pública
AL ESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta centímetros), linda con el resto de la Fracción destinada para plaza; y,
AL OESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta centímetros), linda con la Fracción “A”, destinada originalmente para edificios públicos.
SUPERFICIE: 433,40 m² (cuatrocientos treinta y tres metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados).
AL NORTE: Mide 11 m. (once metros), linda con la propiedad de la Señora María Acosta;
AL SUR: Mide 11 m. (once metros), linda con calle pública
AL ESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta centímetros), linda con el resto de la Fracción destinada para plaza; y,
AL OESTE: Mide 39,40 m. (treinta y nueve metros con cuarenta centímetros), linda con la Fracción “A”, destinada originalmente para edificios públicos.
SUPERFICIE: 433,40 m² (cuatrocientos treinta y tres metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el trece de abril del año un mil novecientos noventa y ocho y por la Honorable Cámara de Diputados, el nueve de julio de mil novecientos noventa y ocho, sancionándose el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, Numeral 1) de la Constitución Nacional.