Leyes Paraguayas

Ley Nº 1258 / AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA GABRIELA MALDONADO



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LEY  N° 1.258
 
QUE AUMENTA PENSIÓN GRACIABLE A LA SEÑORA GABRIELA MALDONADO
 
EL CONGRESO  DE LA  NACION PARAGUAYA  SANCIONA CON  FUERZA  DE
LEY
 
Artículo 1º.- Auméntase la pensión graciable concedida a la Señora Gabriela Maldonado, enfermera durante la contienda del año 1947, a G. 300.000 (Trescientos mil  guaraníes) mensuales.
 
Artículo 2º.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otro beneficio jubilatorio.
 
Artículo 3º.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley, serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
 
Artículo 4º.- Derógase el Artículo 33 de la Ley No. 109 de fecha 24 de diciembre de 1990.
 
Artículo 5º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el veinticinco de noviembre del año un mil novecientos noventa y siete y por la Honorable Cámara de Diputados, el treinta de abril del año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 206 de la Constitución Nacional.

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Antecedente de la Ley Nº 00000001258






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