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LEY Nº 821
QUE CREA LA UNIVERSIDAD TECNICA DE COMERCIALIZACION Y DESARROLLO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Créase la Universidad Técnica de Comercialización y Desarrollo, entidad privada que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley N° 136/93 "DE UNIVERSIDADES".
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el veintiún de noviembre del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el catorce de diciembre del año un mil novecientos noventa y cinco.