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LEY N° 2.778
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ITAUGUA A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 5360, ASIENTO DE LA ESCUELA “SANTA LIBRADA”, UBICADO EN LA COMPAÑÍA MBOCAYATY DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Itauguá a trans a título gratuito a favor del Estado Paraguayo – Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 5360, Distrito de Itauguá, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos, bajo el N° 1 y al folio 1 y siguientes del año 1982, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL ESTE: mide 20 m. (veinte metros), linda con calle pública;
AL OESTE: mide 20 m. (veinte metros), linda con el lote N° 2 de la manzana D;
AL NORTE: mide 42,70 m. (cuarenta y dos metros con setenta centímetros), linda con reserva para plaza; y
AL SUR: mide 43,96 m. (cuarenta y tres metros con noventa y seis centímetros), linda con calle pública.
SUPERFICIE: 866,60 m2 (ochocientos sesenta y seis metros cuadrados con sesenta decímetros cuadrados).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a doce días del mes de julio del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a trece días del mes de octubre del año dos mil cinco, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.