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LEY Nº 2483
QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION DENTRO DEL EJERCICIO FISCAL 2004, APROBADO POR LA LEY N° 2344, DE FECHA 31 DE DICIEMBRE DE 2003- MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA Y EL SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Apruébase la modificación de los ingresos en el Tesoro Nacional, por la suma de G. 2.883.400 (Guaraníes dos millones ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la modificación de los ingresos de la Administración Central y las Entidades Descentralizadas, que afecta al Presupuesto 2004 del Ministerio de Agricultura y Ganadería y del Servicio Nacional de Salud Animal, por la suma de G. 2.883.400 (Guaraníes dos millones ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Apruébase la modificación del crédito presupuestario para la Administración Central y las Entidades Descentralizadas que afecta al Presupuesto 2004 del Ministerio de Agricultura y Ganadería y al Servicio Nacional de Salud Animal por la suma de G. 2.883.400 (Guaraníes dos millones ochocientos ochenta y tres mil cuatrocientos), de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda a adecuar el Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al clasificador presupuestario vigente y a las técnicas de programación de ingresos, gastos hasta el nivel de metas y actividades, al solo efecto de la correcta imputación y ejecución presupuestaria.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a dos días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, y por la Honorable Cámara de Senadores, a treinta días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.