Leyes Paraguayas

Ley Nº 3307 / MODIFICA EL ARTÍCULO 38 DE LA LEY Nº 2421/04 “DE REORDENAMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE ADECUACIÓN FISCAL



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LEY Nº 3307
QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 38 DE LA LEY Nº 2421/04 “DE REORDENAMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE ADECUACIÓN FISCAL”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 38 de la Ley Nº 2421/04 “DE REORDENAMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE ADECUACIÓN FISCAL”, el cual queda redactado como sigue:
“Art. 38.- Las disposiciones de la presente Ley entrarán en vigencia en la fecha que lo determine el Poder Ejecutivo, dentro del año de la sanción, promulgación y publicación de la Ley.  El Poder Ejecutivo podrá disponer la entrada en vigencia de las modificaciones de los impuestos existentes o de los que se establecen por esta Ley, y demás disposiciones de aplicación general, en fechas diferentes.  El Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal entrará en vigencia el 1 de enero del año 2009.”
Artículo 2°.- Derógase la Ley Nº 2932, de fecha 28 de setiembre de 2006, QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 38 DE LA LEY Nº 2421/04 “DE REORDENAMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE ADECUACIÓN FISCAL”.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los doce días del mes de julio del año dos mil siete, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de agosto del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional. Objetado totalmente por Decreto del Poder Ejecutivo N° 10.835 del 28 de agosto de 2007. Rechazada la objeción total por la H. Cámara de Diputados el veintisiete de setiembre de 2007 y por la H. Cámara de Senadores, el once de octubre de 2007, de conformidad con lo establecido en el Artículo 209 de la Constitución Nacional.

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