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LEY Nツコ 2465
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEテ前RA IRENE EULALIA SANCHEZ VIUDA DE BERNABE
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artテュculo 1ツコ.- Concテゥdese pensiテウn graciable de G. 1.000.000 (Un millテウn de guaranテュes) mensuales, a favor de la Seテアora Irene Eulalia Sテ。nchez Viuda de Bernabテゥ, por la contribuciテウn de su esposo y de ella misma, a favor de la cultura nacional.
Artテュculo 2ツー.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensiテウn dispuesta en esta Ley, serテ。n proveテュdos por la Direcciテウn General del Tesoro a la Direcciテウn de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretarテュa de Estado de Administraciテウn Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Cテウdigo Presupuestario vigente.
Artテュculo 3ツー.- La beneficiaria de esta pensiテウn no podrテ。 acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artテュculo 4ツー.- Comunテュquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cテ。mara de Senadores, a diez dテュas del mes de junio del aテアo dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cテ。mara de Diputados, a diecisテゥis dテュas del mes de setiembre del aテアo dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el Artテュculo 204 de la Constituciテウn Nacional.