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LEY N° 1.544
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE ASUNCION A ERIGIR UN MONUMENTO AL CIUDADANO PEDRO BRUNO GUGGIARI, EX INTENDENTE MUNICIPAL DE ASUNCION
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtĂculo 1°.- AutorĂzase a la Municipalidad de la Ciudad de AsunciĂłn a erigir un monumento a la memoria del ilustre ciudadano, ex intendente Pedro Bruno Guggiari, en la intersecciĂłn de las calles Acuña de Figueroa y Estados Unidos.
ArtĂculo 2°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a catorce dĂas del mes de octubre del año un mil novecientos noventa y nueve, y por la Honorable CĂĄmara de Diputados, a veintiocho dĂas del mes de marzo del año dos mil, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el ArtĂculo 204 de la ConstituciĂłn Nacional.-