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LEY N° 7381
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL ROSARIO, A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO LOTE Nº 1 MANZANA Nº 35 CON CTA. CTE. CTRAL. Nº 18-0220-01, INSCRIPTO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS CON MATRÍCULA Nº C11/2023 PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA DEL ROSARIO, DEPARTAMENTO SAN PEDRO PARA ASIENTO DEL CENTRO DE SALUD
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Villa del Rosario, a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo - Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social un inmueble individualizado como lote Nº 1 manzana Nº 35 con Cta. Cte. Ctral. Nº 18-0220-01, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos con Matrícula N° C11/2023 del distrito de Villa del Rosario propiedad de la Municipalidad de Villa del Rosario, departamento San Pedro, para asiento del centro de salud, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LADO 1-2: con rumbo S 51° 57’ 11” W (sur, cincuenta y un grados, cincuenta y siete minutos, once segundos, oeste), mide 95 m (noventa y cinco metros), linda con la calle Sebastián Gaboto.
LADO 2-3: con rumbo S 35° 48’ 41” E (sur, treinta y cinco grados, cuarenta y ocho minutos, cuarenta y un segundos, este), mide 99,70 m (noventa y nueve metros con setenta centímetros), linda con la calle 14 de Mayo.
LADO 3-4: con rumbo N 52° 48’ 24” E (norte, cincuenta y dos grados, cuarenta y ocho minutos, veinticuatro segundos, este), mide 95,50 m (noventa y cinco metros con cincuenta centímetros), linda con la calle Panchito López.
LADO 4-1: con rumbo N 36° 7’ 12” W (norte, treinta y seis grados, siete minutos y doce segundos, oeste), mide 101,10 m (ciento un metros con diez centímetros), linda con la calle Teniente Pastor Pando.
SUPERFICIE: la superficie de la fracción a transferir es de 9.558 m2 8.248 cm2 (nueve mil quinientos cincuenta y ocho metros cuadrados con ocho mil doscientos cuarenta y ocho centímetros cuadrados).
ÁREA CONSTRUIDA del Lote N° 1 es de 429,40 m2
COORDENADAS UTM:
Vértice 1 Vértice 2
N = 7.298.681,50 N = 7.298.622,95
E = 488.190,81 E = 488.115,99.
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el proyecto de ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los treinta y ún días del mes de julio del año dos mil veinticuatro, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a cinco días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 207 numeral 1) de la Constitución.