Leyes Paraguayas

Ley Nº 1918 / DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA), UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 43153, ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA N° 4555 DE LA COMPAÑIA ISLA BOGADO DEL CITADO MUNICIPIO



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LEY N° 1918
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO (MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA), UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 43153, ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA N° 4555 DE LA COMPAÑIA ISLA BOGADO DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Luque a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Educación y Cultura), un inmueble individualizado como parte de la Manzana V, Cta. Cte. Ctral. N° 27-4398-05, parte de la Finca N° 43153 del Distrito de Luque, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes del año 2000, asiento de la Escuela Graduada N° 4555, ubicado en la Fracción Villa Gabriela de la Compañía "Isla Bogado" del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: con rumbo magnético N- 69° 43´ 47" -E (Norte, sesenta y nueve grados, cuarenta y tres minutos, cuarenta y siete segundos, Este), mide 26,74 m., (veintiséis metros con setenta y cuatro centímetros), linda con la fracción "San Rafael II" de la firma Aurora SACI;
AL SUR: con rumbo magnético N- 72° 47´ 12" -W (Norte, setenta y dos grados, cuarenta y siete minutos, doce segundos, Oeste), mide 31,36 m., (treinta y un metros con treinta y seis centímetros), linda con la calle N° 14;
AL ESTE: con rumbo magnético S- 16° 10´ 59" -W (Sur, dieciséis grados, diez minutos, cincuenta y nueve segundos, Oeste), mide 38,39 m., (treinta y ocho metros con treinta y nueve centímetros), linda con área a ser loteada; y,
AL OESTE: Con rumbo magnético S- 23° 18´ 59" -W (Sur, veintitrés grados, dieciocho minutos, cincuenta y nueve segundos, Oeste), mide 40,55 m. (cuarenta metros con cincuenta y cinco centímetros), linda con la calle 2.
SUPERFICIE: 1.148 m2 .1.976 cm2. (un mil ciento cuarenta y ocho metros cuadrados con un mil novecientos setenta y seis centímetros cuadrados). 
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a once días del mes de diciembre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de mayo del año dos mil dos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000001918






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