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LEY N° 411
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE, A TRANSFERIR A TITULO ONEROSO A FAVOR DE SU ACTUAL OCUPANTE SEÑORA MARIA DOMINGA CUEVAS, UNA FRACCION DE TERRENO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Luque, a transferir a título oneroso a favor de su actual ocupante Señora María Dominga Cuevas, una fracción de terreno, individualizada como Lote Nº 17 de la Manzana Nº XXVIII, con Cta. Cte. Ctral. Nº 27-129-11, parte de la Finca Nº 3.104/60, ubicada en el Barrio Julio Correa del citado Municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: Mide 11,70 ms. (once metros con setenta centímetros) linda con el Lote Nº 11, ocupado por el Señor Modesto Benítez;
AL SUR: Mide 11,70 ms. (once metros con setenta centímetros) linda con la calle Cerro Corá;
AL ESTE: Mide 33,70 ms. (treinta y tres metros con setenta centímetros) linda con el Lote Nº 10, ocupado por el Señor Carlos Domínguez; y,
AL OESTE: Mide 33,70 ms. (treinta y tres metros con setenta centímetros) linda con el Lote Nº 18, ocupado por la Señora Atilana de Santander.
SUPERFICIE: 349,29 ms2. (trescientos cuarenta y nueve metros cuadrados con veintinueve decímetros cuadrados).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la H. Cámara de Diputados a catorce días del mes de junio del año un mil novecientos noventa y tres, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veinticinco días del mes de agosto del año un mil novecientos noventa y cuatro.