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LEY N° 1805
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO A TRANSFERIR A TÍTULO ONEROSO A FAVOR DEL ARZOBISPADO DE ASUNCIÓN, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 2162, ASIENTO DE LA CAPILLA “SANTA LIBRADA”, DEL BARRIO CAAGUY-CUPE DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
AL NORTE: Mide 30 m. (treinta metros), linda con el resto de la plaza;
AL SUR: Mide 30 m. (treinta metros), linda con la calle Jazmín;
AL ESTE: Mide 30 m. (treinta metros), linda con derechos privados; y
AL OESTE: Mide 30 m. (treinta metros), linda con la calle Tarumá.
SUPERFICIE: 900 m² (novecientos metros cuadrados).
Artículo 2°.- La suma obtenida por la venta del inmueble individualizado en el Artículo 1° de la presente Ley será destinada exclusivamente para la adquisición de otro inmueble para espacio verde o plaza.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el diecinueve de julio del año dos mil uno y por la Honorable Cámara de Diputados, el once de octubre del año dos mil uno, quedando sancionado el mismo de conformidad al Artículo 204 de la Constitución Nacional