Noticias

Reinicio de periodo parlamentario

​En la sección III de la Constitución Nacional, se encuentran las disposiciones acerca de la conformación, deberes y atribuciones de la Comisión permanente del Congreso Nacional. 
Las mismas establecen que quince días antes de entrar en receso, cada Cámara designará por mayoría absoluta a los Senadores y a los Diputados quienes; en número de seis y doce como titulares, y tres y seis como suplentes, respectivamente conformarán la Comisión permanente del  Congreso, la cual ejerce sus funciones desde el comienzo del periodo de receso del parlamento hasta el reinicio de las sesiones ordinarias.

La primera sesión a partir del reinicio está prevista para el día Jueves 3 del corriente mes y hasta el momento cuenta con once puntos a ser tratados; puede acceder  al orden del día en el siguiente enlace: http://bit.ly/21G6HGh


De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros