Leyes Paraguayas

Ley Nº 3233 / AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE PRESIDENTE FRANCO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 60, UBICADO EN EL BARRIO SAN PABLO DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA N° 3589 “DANIEL SANTACRUZ



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LEY N° 3.233
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE PRESIDENTE FRANCO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 60, UBICADO EN EL BARRIO SAN PABLO DEL CITADO MUNICIPIO, ASIENTO DE LA ESCUELA BÁSICA N° 3589 “DANIEL SANTACRUZ”.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Autorízase a la Municipalidad de Presidente Franco a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Manzana 4-080  de la Finca N° 60, con Cta. Cte. Ctral. Nº 26-087 del Distrito de Presidente Franco, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el N° 1 al folio 1 y siguientes, del 19 de agosto de 1976, ubicado en el barrio San Pablo del citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 3589 “Daniel Santacruz”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LADO 1-2: con rumbo N 76º 13’ 12” E (Norte, setenta y seis grados, trece minutos, doce segundos, Este), mide 63,09 m. (sesenta y tres metros con nueve centímetros), linda con el cuerpo de bombero;
LADO 2-3: con rumbo S 21º 14’ E (Sur, veintiún grados, catorce minutos, Este), mide 50,30 m. (cincuenta metros con treinta centímetros), linda con la calle Saltito;
LADO 3-4: con rumbo S 72º 26’ W (Sur, setenta y dos grados, veintiséis minutos, Oeste), mide 14,90 m. (catorce metros con noventa centímetros), linda con el tanque de agua;
LADO 4-5: con rumbo S 21º 13’ E (Sur, veintiún grados, trece minutos, Este), mide 18,85 m. (dieciocho metros con ochenta y cinco centímetros), linda con el tanque de agua;
LADO 5-6: con rumbo S 72º 26’ W (Sur, setenta y dos grados, veintiséis minutos, Oeste), mide 53,70 m. (cincuenta y tres metros con setenta centímetros), linda con la calle Cerro Corá; y,
LADO 6-1: con rumbo N 16º 36’ W (Norte, dieciséis grados, treinta y seis minutos Oeste), mide 73,19 m. (setenta y tres metros con diecinueve centímetros), linda con la calle Mariscal José Félix Estigarribia.
SUPERFICIE: 4.392 m2 7.931 cm2  (CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SIETE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UN CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los treinta y un días del mes de mayo del año dos mil siete, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 211 de la Constitución Nacional.

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