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LEY Nº 2460
QUE ESTABLECE DURACIÓN DE FUNCIONES DE AUTORIDADES MUNICIPALES A SER ELECTAS EN LOS COMICIOS DEL AÑO 2006
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtÃculo 1°.- Las autoridades municipales a ser electas en los comicios de noviembre del año 2006 durarán cuatro años en sus funciones.
ArtÃculo 2°.- ComunÃquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los tres dÃas del mes de junio del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a los dos dÃas del mes de setiembre del año dos mil cuatro, de conformidad a lo dispuesto en el ArtÃculo 204 de la Constitución Nacional.