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LEY N° 1967
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2002, APROBADO POR LEY N° 1857, DE FECHA 8 DE ENERO DE 2002 – TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Apruébase la ampliación en la estimación de los ingresos de la Administración Central – Tribunal Superior de Justicia Electoral, por la suma de G. 15.337.644.580 (Guaraníes quince mil trescientos treinta y siete millones seiscientos cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, por la suma de G. 15.337.644.580 (Guaraníes quince mil trescientos treinta y siete millones seiscientos cuarenta y cuatro mil quinientos ochenta), que estará afectada al Presupuesto del Tribunal Superior de Justicia Electoral, de acuerdo al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- Con carácter de excepción no se aplicará lo dispuesto en el Artículo 28 de la Ley N° 1857/2002.
Artículo 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a un día del mes de agosto del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a catorce días del mes de agosto del año dos mil dos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional.