Leyes Paraguayas

Ley Nº 6805 / CREA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LA CIUDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO CENTRAL.



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LEY N° 6805

QUE CREA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LA CIUDAD DE MARIANO ROQUE ALONSO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL DEPARTAMENTO CENTRAL.

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY :

Artículo 1.° Créanse los siguientes Juzgados de Primera Instancia en la ciudad de Mariano Roque Alonso, que dependerán de la Circunscripción Judicial del Departamento Central.

  1. Un Juzgado Penal de Garantías.
  2. Un Juzgado Civil, Comercial y Laboral.
  3. Un Juzgado de la Niñez y Adolescencia.

Artículo 2.° Establécese que la conformación definitiva de los citados juzgados, se realizará de acuerdo con la disponibilidad de recursos a ser determinada por la Ley de Presupuesto General de la Nación, que corresponda.

Artículo 3.° Facúltase a la Excelentísima Corte Suprema de Justicia a realizar los ajustes necesarios para la organización y eficiencia de la administración de justicia de la Circunscripción Judicial del Departamento Central.

Artículo 4.° Deróganse todas las disposiciones contrarias a la presente ley.

Artículo 5.° Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los catorce días del mes de julio del año dos mil veintiuno, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los doce días del mes de agosto del año dos mil veintiuno, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.


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