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LEY N° 1.278
QUE DEROGA LA LEY No. 414 DE FECHA 12 DE SETIEMBRE DE 1994, QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE PROPIEDAD DE JOSÉ MIGUEL LARRAIN A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR)
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
LEY
Artículo 1º.- Derógase la Ley No. 414 de fecha 12 de setiembre de 1994 "QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE PROPIEDAD DE JOSÉ MIGUEL LARRAIN A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (IBR)".
Artículo 2º- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores el cinco de marzo del año un mil novecientos noventa y ocho y por la Honorable Cámara de Diputados, el cuatro de junio del año un mil novecientos noventa y ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 206 de la Constitución Nacional.