Leyes Paraguayas

Ley Nº 414 / DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE, PROPIEDAD DE JOSE MIGUEL LARRAIN A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.)



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LEY N° 414

QUE DECLARA DE INTERES SOCIAL Y EXPROPIA UN INMUEBLE, PROPIEDAD DE JOSE MIGUEL LARRAIN A FAVOR DEL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL (I.B.R.)

EL CONGRESO DE LA NACION SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1°.-Declárase de interés social y exprópiase a favor del Instituto de Bienestar Rural (IBR), un inmueble que consta de una superficie de 25 has. (veinticinco hectáreas) propiedad de José Miguel Larraín, o quien resultare serlo, ubicado en la Colonia Blas Garay, Distrito Coronel Oviedo, Departamento Caaguazú, e inscripto en la Dirección General de Registros Públicos, como Finca No. 5.315, bajo el No. 4, Folio 9 y siguientes del 17 de diciembre de 1992.

Artículo 2°.-Procédase a indemnizar a quien justifique ser el propietario del inmueble expropiado, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 109 de la Constitución Nacional. El Instituto de Bienestar Rural (IBR) y el propietario acordarán el precio del inmueble expropiado. En caso de no haber acuerdo las partes podrán recurrir al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial a los efectos de la determinación judicial del precio.

Artículo 3°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la H. Cámara de Diputados, a veintiseis días del mes de mayo del año un mil novecientos noventa y cuatro, y por la H. Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a treinta y un días del mes de agosto, del año un mil novecientos noventa y cuatro.


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