Leyes Paraguayas

Ley Nº 4039 / DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE PEDRO JUAN CABALLERO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 10365, UBICADO EN EL CITADO DISTRITO, ASIENTO DE LA ESCUELA BASICA N° 7064 “SAN ROQUE GONZALEZ DE SANTA CRUZ”



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LEY N° 4039
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE PEDRO JUAN CABALLERO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA N° 10365, UBICADO EN EL CITADO DISTRITO, ASIENTO DE LA ESCUELA BASICA N° 7064 “SAN ROQUE GONZALEZ DE SANTA CRUZ”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Pedro Juan Caballero a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo - Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble individualizado como parte de la Finca N° 10365, ubicado en el citado municipio, asiento de la Escuela Básica N° 7064 “San Roque González de Santa Cruz”, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL SUROESTE: Mide 22,11 m (veintidós metros con once centímetros), linda con el Lote Nº 16, derechos privados;
AL NORESTE: Mide 22,11 m (veintidós metros con once centímetros), linda con la Fracción B;    
AL NOROESTE: Mide 42 m (cuarenta y dos metros), linda con calle Coroxire; y,
AL SURESTE: Mide 42 m (cuarenta y dos metros), linda con la Cta. Cte. Ctral. N° 29-0766-02 (Plaza).
SUPERFICIE: 928,62 m2 (NOVECIENTOS VEINTIOCHO METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada el proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintiséis días del mes de marzo del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil diez, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.   

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