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DescripciĂłn
Ley N° 2169 | Establece la mayoria de edad
LEY N° 2169
QUE ESTABLECE LA MAYORIA DE EDAD
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtĂculo 1°.- Modificase el ArtĂculo 36 de la Ley N° 1183/85 âCĂłdigo Civilâ, el cual queda redactado de la siguiente manera:
âArt. 36.- La capacidad de hecho consiste en la aptitud legal de ejercer uno por sĂ mismo o por si solo sus derechos. Este CĂłdigo reputa plenamente capaz a todo ser humano que haya cumplido dieciocho años de edad y no haya sido declarado incapaz judicialmenteâ.
ArtĂculo 2Âș.- DerĂłganse el inciso a) del ArtĂculo 39 de la Ley N° 1183/85 âCĂłdigo Civilâ y el ArtĂculo 7° de la Ley N° 1034/83 âDel Comercianteâ.
ArtĂculo 3°.- ModifĂcase el ArtĂculo 1° de la Ley N° 1702/01, el cual queda redactado de la siguiente manera:
âArt. 1°.- A los efectos de la interpretaciĂłn y aplicaciĂłn de la normas relativas a la niñez y a la adolescencia, establecese el alcance de los siguientes tĂ©rminos:
a) Niño: toda persona humana desde la concepción hasta los trece años de edad;
b) Adolescente: toda persona humana desde los catorce años hasta los diecisiete años de edad; y,
c) Mayor de edad: toda persona humana desde los dieciocho años de edadâ.
ArtĂculo 4°.- ModifĂcase el ArtĂculo 2° de la Ley N° 1680/01 âCĂłdigo de la Niñez y la Adolescenciaâ el cual queda redactado de la siguiente manera:
âArt. 2°.- En caso de duda sobre la edad de una persona, se presumirĂĄ cuanto sigue:
a) entre niño y adolescente, la condición de niño; y,
b) entre adolescente y mayor de edad, la condiciĂłn de adolescenteâ.
ArtĂculo 5°.- DerĂłganse todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
ArtĂculo 6°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable CĂĄmara de Senadores, a los veintisiete dĂas del mes de marzo del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, por la Honorable CĂĄmara de Diputados a los veintisĂ©is dĂas del mes de junio del año dos mil tres, de conformidad a lo dispuesto en el ArtĂculo 207, numeral 1) de la ConstituciĂłn Nacional.