Leyes Paraguayas

Ley Nº 2123 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA TERESA LOPEZ VDA. DE LOPEZ



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LEY N° 2.123
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA TERESA LOPEZ VDA. DE LOPEZ.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 700.000 (Guaraníes setecientos mil ) mensuales,  la pensión graciable concedida a favor de la señora Teresa López Vda. de López, esposa del lisiado de la Guerra del Chaco, don Nicolás López Jiménez.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otras similares u otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4°.- Derógase el Artículo 6° de la Ley N° 122 del 2 de octubre de 1969.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a veintitrés días del mes de enero del año dos mil tres, y por la Honorable Cámara de Senadores, a veintisiete días del mes de mayo del año dos mil tres, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002123






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