Leyes Paraguayas

Ley Nº 5076 / DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AYOLAS, LOS INMUEBLES INDIVIDUALIZADOS COMO LOTES Nºs 3 Y 4 DE LA FINCA N° 223, UBICADOS EN EL BARRIO SAN ANTONIO DEL CITADO MUNICIPIO, PARA ASIENTO DE UNA PLAZA PÚBLICA



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LEY N°  5.076
QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y EXPROPIA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE AYOLAS, LOS INMUEBLES INDIVIDUALIZADOS COMO LOTES Nºs 3 Y 4 DE LA FINCA N° 223, UBICADOS EN EL BARRIO SAN ANTONIO DEL CITADO MUNICIPIO, PARA ASIENTO DE UNA PLAZA PÚBLICA.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Declárase de interés social y exprópiase a favor de la Municipalidad de Ayolas, los inmuebles individualizados como Lotes Nºs. 3 y 4 de la Finca Nº 223 del Distrito de Ayolas, con Cuenta Corriente Catastral Nº 24-0603-03/04, ubicados en el barrio San Antonio del citado municipio, para asiento de una plaza pública, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
LINEA 1 – 2: Con rumbo S 38º 35’ 14” E (Sur, treinta y ocho grados, treinta y cinco minutos, catorce segundos, Este), mide 24,00 m. (veinticuatro metros), linda con camino público;
LINEA 2 – 3: Con rumbo S 48º 59’ 44” W (Sur, cuarenta y ocho grados, cincuenta y nueve minutos, cuarenta y cuatro segundos, Oeste), mide 32,00 m. (treinta y dos metros), linda con el derecho de la Finca con Cuenta Corriente Catastral Nº 24-0611;
LINEA 3 – 4: Con rumbo N 37º 24’ 47” W (Norte, treinta y siete grados, veinticuatro minutos, cuarenta y siete segundos, Oeste), mide 20,72 m. (veinte metros con setenta y dos centímetros), linda con el derecho de la Finca con Cuenta Corriente Catastral Nº 24-0603-05; y,
LINEA 4 – 1: Con rumbo N 43º 7’ 25” E (Norte, cuarenta y tres grados, siete minutos, veinticinco segundos, Este), mide 31,92 m. (treinta y un metros con noventa y dos centímetros), linda con el derecho de la Finca con Cuenta Corriente Catastral Nº 24-0603-02.
SUPERFICIE: 710 m2 4.600 cm2 (SETECIENTOS DIEZ METROS CUADRADOS CON CUATRO MIL SEISCIENTOS CENTÍMETROS CUADRADOS).
REFERENCIA
El Punto “1” tiene Coordenadas en proyección (UTM) (WGS84)
E=514931,03           N=6969761,76
El Punto “2” tiene Coordenadas en proyección (UTM) (WGS84)
E=514946,00          N=6969743,00
Artículo 2°.- Procédase a indemnizar a las personas que legítimamente acrediten la calidad de propietarios del inmueble expropiado, conforme con lo dispuesto por la Constitución Nacional y las leyes. La Municipalidad de Ayolas y los propietarios acordarán en un plazo de noventa días el precio de la Finca expropiada. En caso de no haber acuerdo en el citado plazo, las partes recurrirán al Juzgado de Primera Instancia que corresponda, a los efectos de la determinación judicial del precio.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil trece, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los tres días del mes de octubre del año dos mil trece, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.

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