Leyes Paraguayas

Ley Nº 5140 / MODIFICA LOS ARTICULOS 1º, 2º Y 3º DE LA LEY Nº 2403/04 “QUE CREA LA COMISION NACIONAL PARA EL ESTUDIO DE LA REFORMA DEL SISTEMA PENAL Y PENITENCIARIO”



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​LEY N° 5140
QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 1º, 2º Y 3º DE LA LEY Nº 2403/04 “QUE CREA LA COMISION NACIONAL PARA EL ESTUDIO DE LA REFORMA DEL SISTEMA PENAL Y PENITENCIARIO”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modificar los Artículos 1º, 2º y 3º de la Ley Nº 2403/04 “QUE CREA LA COMISION NACIONAL PARA EL ESTUDIO DE LA REFORMA DEL SISTEMA PENAL Y PENITENCIARIO”, los cuales quedan redactados de la siguiente manera:
“Art. 1º.- Crear la Comisión Nacional para el Estudio de la Reforma del Sistema Penal, a fin de elaborar propuestas de modificación de la Ley Nº 1160 del 26 de noviembre de 1997 “CODIGO PENAL”, con su modificatoria Ley Nº 3440/08, y de la Ley Nº 1286 del 8 de julio de 1998 “CODIGO PROCESAL PENAL”, con todas sus respectivas leyes modificatorias.” 
“Art. 2º.- La comisión estará compuesta por tres senadores, tres diputados, dos representantes de la Corte Suprema de Justicia, dos representantes del Poder Ejecutivo, dos representantes del Ministerio Público y dos representantes del Ministerio de la Defensa Pública.”
“Art. 3º.- Una vez instalada la Comisión, que funcionará en la sede del Congreso Nacional, elevará sus conclusiones a consideración del Poder Legislativo, en el plazo de un año.” 
Artículo 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco días del mes de diciembre del año dos mil trece, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a once días del mes de diciembre del año dos mil trece, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.

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