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LEY N° 2480
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAMBYRETA A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE CAMBYRETA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO LOTE 1 DE LA MANZANA “C” CON CUENTA CORRIENTE CATASTRAL N° 23-1415-02, PARTE DE LA FINCA N° 8749 DEL DISTRITO DE CAMBYRETA DEL BARRIO SAN MIGUEL, DEL CITADO MUNICIPIO
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Cambyretá a transferir a título gratuito a favor del Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cambyretá, un inmueble individualizado como Lote 1 de la manzana “C” con Cta. Cte. Ctral. N° 23-1415-02, parte de la finca N° 8749, del Distrito de Cambyretá, ubicado en el barrio San Miguel del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
SU FRENTE: con rumbo Noroeste NO 38°55´24” (treinta y ocho grados, cincuenta y cinco minutos, veinticuatro segundos), mide 92,04 m. (noventa y dos metros con cuatro centímetros), linda con la calle 2-a;
SU COSTADO: con rumbo Noreste NE 51°04´36” (cincuenta y un grados, cuatro minutos, treinta y seis segundos), mide 111,12 m. (ciento once metros con doce centímetros), linda con la calle A;
SU CONTRA FRENTE: con rumbo Suroeste SO 11°26´27” (once grados, veintiséis minutos, veintisiete segundos), mide 144,29 m. (ciento cuarenta y cuatro metros con veintinueve centímetros), linda con derechos de terceros;
SUPERFICIE: 5113 m2 7484 cm2 (cinco mil ciento trece metros cuadrados con siete mil cuatrocientos ochenta y cuatro centímetros cuadrados).
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticuatro días del mes de junio del año dos mil cuatro, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a treinta días del mes de setiembre del año dos mil cuatro, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.