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LEY N° 3.095
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2006, APROBADO POR LEY N° 2869 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2005 – MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central - Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2006, por un monto total de G. 1.575.000.000 (guaraníes un mil quinientos setenta y cinco millones), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, por la suma de G. 1.575.000.000 (guaraníes un mil quinientos setenta y cinco millones), que estará afectada al Presupuesto 2006 del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
Artículo 3°.- La ampliación presupuestaria autorizada por la presente disposición legal será en carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 19 de la Ley Nº 2869/2005 “QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2006”.
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los Anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de Ingresos, Gastos y Financiamiento, al sólo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a doce días del mes de octubre del año dos mil seis, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dos días del mes de noviembre del año dos mil seis, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.