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LEY N° 4.001
QUE DECLARA AL ARPA PARAGUAYA “INSTRUMENTO SÍMBOLO DE LA CULTURA MUSICAL NACIONAL”.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
Artículo 1°.- Declárase al Arpa Paraguaya “Instrumento Símbolo de la Cultura Musical Nacional”.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los quince días del mes de diciembre del año dos mil nueve, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.