Leyes Paraguayas

Ley Nº 2663 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORITA RITA ELENA MARTINEZ GIMENEZ



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LEY N° 2.663   
QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORITA RITA ELENA MARTINEZ GIMENEZ
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Auméntase a G. 1.000.000 (Guaraníes un millón) mensuales, la pensión graciable concedida a la señorita Rita Elena Martínez Giménez, hija legítima del extinto jubilado, señor Genaro Martínez Báez.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 4° .- Derógase el Artículo 14 de la Ley N° 83 del 16 de diciembre de 1991.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a diecinueve días del mes de mayo del año dos mil cinco, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados a once días del mes de agosto del año dos mil cinco, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 2)  de la Constitución Nacional.

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