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LEY N° 4188
QUE MODIFICA LA LEY N° 3956/09 “GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS EN LA REPUBLICA DEL PARAGUAY”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 44 de la Ley N° 3956/09 “GESTION INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SOLIDOS EN LA REPUBLICA DEL PARAGUAY”, que queda redactado de la siguiente manera:
“Art. 44.- La Secretaría del Ambiente, como Autoridad de Aplicación, deberá reglamentar la presente Ley en un plazo de seis meses a partir de su promulgación.”
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco días del mes de agosto del año dos mil diez, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a un día del mes de noviembre del año dos mil diez, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 204 de la Constitución Nacional.