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LEY NÂș 704
DERECHOS POLITICOS DE LA MUJER
La honorable CĂĄmara de Representantes de la NaciĂłn Paraguaya
sanciona con fuerza de LEY:
sanciona con fuerza de LEY:
ArtĂculo 1°.- ReconĂłcese a la mujer los mismos derechos y obligaciones polĂticas que el hombre.
ArtĂculo 2Âș.- El Poder Ejecutivo reglamentarĂĄ la presente Ley.
Articulo 3°.- ComunĂquese al Poder Ejecutivo.
Dada la sala de Sesiones de la Honorable Cåmara de Representantes de la Nación, a treinta de junio del año un mil novecientos sesenta y uno.