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LEY N° 3.687
QUE CREA LA UNIVERSIDAD LEONARDO DA VINCI.
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Créase la Universidad Leonardo Da Vinci, entidad privada que adecuará su funcionamiento a las normas establecidas en la Ley Nº 136/93 “DE UNIVERSIDADES” y sus modificaciones, y la Ley Nº 1264/98 “GENERAL DE EDUCACION”.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los siete días del mes de octubre del año dos mil ocho, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los doce días del mes de diciembre del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.