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LEY Nº 3541
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008, APROBADO POR LEY N° 3409, DE FECHA 4 DE ENERO DE 2008 - TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA ELECTORAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Amplíase la estimación de los ingresos de la Administración Central (Poder Judicial – Tribunal Superior de Justicia Electoral), por la suma de G 67.544.914.984 (Guaraníes sesenta y siete mil quinientos cuarenta y cuatro millones novecientos catorce mil novecientos ochenta y cuatro), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario para la Administración Central, por la suma de G 67.544.914.984 (Guaraníes sesenta y siete mil quinientos cuarenta y cuatro millones novecientos catorce mil novecientos ochenta y cuatro), que estará afectada al Presupuesto 2008 del Tribunal Superior de Justicia Electoral, conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de la presente Ley.
Artículo 3°.- La ampliación presupuestaria autorizada por la presente disposición legal será en carácter de excepción a lo establecido en los Artículos 13 y 14 de la Ley Nº 3409/2008.
Artículo 4°.- Autorízase al Ministerio de Hacienda la adecuación del Anexo adjunto a la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente y a las técnicas de programación de ingresos, gastos y montos autorizados, al solo efecto de la correcta imputación y/o ejecución presupuestaria.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco días del mes de junio del año dos mil ocho, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a veintiséis días del mes de junio del año dos mil ocho, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204, de la Constitucion Nacional.