Leyes Paraguayas

Ley Nº 2097 / DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO, MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 45059, PARA ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA Nº 6104 “DEFENSORES DEL CHACO”



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LEY N° 2097
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LUQUE, A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO, MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA, UN INMUEBLE INDIVIDUALIZADO COMO PARTE DE LA FINCA Nº 45059, PARA ASIENTO DE LA ESCUELA GRADUADA Nº 6104 “DEFENSORES DEL CHACO”
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Luque a transferir a título gratuito a favor del Estado Paraguayo, Ministerio de Educación y Cultura, un inmueble que fuera destinado a edificios públicos, individualizado como parte de la manzana “C”, Finca Nº 45059, del Distrito de Luque, inscripto en la Dirección General de los Registros Públicos bajo el Número 1 al Folio 1 y siguientes del año 2002, para asiento de la Escuela Graduada Nº 6104 “Defensores del Chaco”, ubicado en la Cuarta Compañía “Cañada San Rafael”, del citado municipio, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
AL NORTE: mide 29 m. (veintinueve metros), linda con el lote Nº 2 de la manzana “C”;
AL SUR: mide 29 m. (veintinueve metros), linda con la calle Nº 3;
AL ESTE: mide 38,07 m. (treinta y ocho metros con siete centímetros), linda con la calle Nº 4; y,
AL OESTE: mide 38,07 m. (treinta y ocho metros con siete centímetros), linda con el predio de la plaza “La Amistad”.
SUPERFICIE:  1104,03 m². (Un mil ciento cuatro metros cuadrados con tres decímetros cuadrados).
Artículo 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a cinco días del mes de diciembre del año dos mil dos, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a diez días del mes de abril del año dos mil tres, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional. 

Archivos adjuntos Antecedente

Antecedente de la Ley Nº 00000002097






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