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LEY N° 3786
QUE AMPLIA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN PARA EL EJERCICIO FISCAL 2009, APROBADO POR LA LEY Nº 3692 DEL 13 DE ENERO DE 2009, MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y BIENESTAR SOCIAL
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ArtÃculo 1°.- AmplÃase la estimación de los ingresos de la Administración Central - TesorerÃa General y Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, por un monto total de G. 2.798.400.000 (GuaranÃes dos mil setecientos noventa y ocho millones cuatrocientos mil), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
ArtÃculo 2°.- Apruébase la ampliación del crédito presupuestario de la Administración Central -Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, por un monto total de G. 2.798.400.000 (GuaranÃes dos mil setecientos noventa y ocho millones cuatrocientos mil), conforme al Anexo que se adjunta y forma parte de esta Ley.
ArtÃculo 3°.- AutorÃzase al Ministerio de Hacienda la adecuación de códigos, conceptos y la programación de montos consignados en los anexos y detalles de la presente Ley, de acuerdo al Clasificador Presupuestario vigente, a las técnicas de programación de ingresos, gastos y financiamiento, al solo efecto de la correcta registración, imputación y/o ejecución presupuestaria.
ArtÃculo 4°.- ComunÃquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a siete dÃas del mes de julio del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de Diputados, a siete dÃas del mes de julio del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el ArtÃculo 204 de la Constitución Nacional.-