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LEY N° 3797
QUE DECLARA DE INTERÉS SOCIAL Y DESAFECTA LA FINCA Nº 2699, PROPIEDAD DEL ESTADO PARAGUAYO - MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Y COMUNICACIONES, Y TRANSFIERE AL INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO RURAL Y DE LA TIERRA (INDERT)
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Declárase de interés social y desaféctase bien del Estado paraguayo - Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, la propiedad identificada como Finca Nº 2699, del Distrito de Corpus Christi del XIV Departamento Canindeyú y transfiérase al Instituto Nacional de Desarrollo Rural y de la Tierra (INDERT), para otorgar título de propiedad a los ocupantes, de conformidad a lo que establece el Estatuto Agrario.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veintiséis días del mes de mayo del año dos mil nueve, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciséis días del mes de julio del año dos mil nueve, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 207 numeral 1) de la Constitución Nacional.-