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LEY Nº 848
QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ASUNCION A DENOMINAR UNA CALLE CAPITALINA CON EL NOMBRE DE ANDRES SCALA
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Autorízase a la Municipalidad de la ciudad de Asunción a designar una calle capitalina con el nombre de ANDRES SCALA, pionero de la reconstrucción naval en el Paraguay.
Artículo 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el siete de noviembre del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el dieciocho de abril del año un mil novecientos noventa y seis.