Leyes Paraguayas

Ley Nº 7545/2025 / QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY N° 2972/2006 “QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR INTERAMERICANO DE CIENCIAS SOCIALES, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR”.



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LEY Nº 7545

QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 1° Y 2° DE LA LEY N° 2972/2006 “QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR INTERAMERICANO DE CIENCIAS SOCIALES, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR”.

EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

Artículo 1.° Modifícanse los artículos 1° y 2° de la Ley N˚ 2972/2006 “QUE RECONOCE AL INSTITUTO SUPERIOR INTERAMERICANO DE CIENCIAS SOCIALES, COMO INSTITUCION DE EDUCACION SUPERIOR”, que quedan redactados de la siguiente manera:

“Art. 1°.- Reconócese al Instituto Superior Interamericano de Ciencias Sociales, como Institución de Educación Superior, que desempeñará su gestión en el área de las Ciencias Sociales y se regirá por la presente ley, el artículo 79 de la Constitución, la Ley N° 4995/2013 “DE EDUCACION SUPERIOR”, la Ley N° 2.072/2003 “DE CREACIÓN DE LA AGENCIA NACIONAL DE EVALUACIÓN Y ACREDITACION DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR” y las demás normas pertinentes.

“Art. 2°.- Facúltase al Instituto Superior Interamericano de Ciencias Sociales, a implementar cursos de pregrado, carreras de grado y programas de postgrado en el área de las Ciencias Sociales, incorporando la investigación científica y tecnológica y la extensión académica y a otorgar títulos de conformidad con las carreras y programas implementados.

Artículo 2 Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil veinticinco, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil veinticinco, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución.


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