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LEY N° 7310
QUE DESAFECTA DEL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL Y AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE HOHENAU, A TRANSFERIR A TÍTULO GRATUITO A FAVOR DEL ESTADO PARAGUAYO – MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR SOCIAL, UN INMUEBLE CON TODO LO EDIFICADO Y PLANTADO, INDIVIDUALIZADO COMO LOTE Nº 40, CTA. CTE. CTRAL. Nº 23-103-02 Y LOTE Nº 39, CTA. CTE. CTRAL. Nº 23-103-03 PROVENIENTE DE LA FINCA N° 3273, PROPIEDAD DE LA MUNICIPALIDAD DE HOHENAU, UBICADO SOBRE LAS CALLES DRES. SADOFF ESQUINA BERNARDINO CABALLERO DEL BARRIO SANTA CECILIA, ZONA URBANA, PARA ASIENTO DE LAS INSTALACIONES DEL FUTURO HOSPITAL DISTRITAL DE LA CIUDAD DE HOHENAU.
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA
DE LEY:
Artículo 1.º Desaféctase del dominio público municipal y autorízase a la Municipalidad de Hohenau, a transferir a título gratuito a favor del Estado paraguayo – Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, un inmueble con todo lo edificado y plantado, individualizado como lote N° 40, Cta. Cte. Ctral. N° 23-103-02 y lote N° 39, Cta. Cte. Ctral. N° 23-103-03, proveniente de la finca N° 3273, propiedad de la Municipalidad de Hohenau, ubicado sobre las calles Dres. Sadoff esquina Bernardino Caballero del barrio Santa Cecilia, zona urbana de ese distrito, Departamento Itapúa, cuyas dimensiones y linderos son los siguientes:
1) LOTE Nº 39 DE LA MANZANA D:
AL SUR-ESTE: Su frente al SUR-ESTE, sobre la calle General Bernardino Caballero con rumbo N 48º 20’ 00” E (Norte, cuarenta y ocho grados, veinte minutos, cero segundos, Este), mide 18,80 m (dieciocho metros con ochenta centímetros); igual rumbo y dimensión tiene su contrafrente al NOR-OESTE, donde linda con el lote Nº 32 de la misma manzana D, su costado al SUR-OESTE, con rumbo N 41° 40’ 00” W (Norte, cuarenta y un grados, cuarenta minutos, cero segundos, Oeste), mide 42 m (cuarenta y dos metros), linda con el lote Nº 38 de la misma manzana D, igual rumbo y dimensión tiene su contracostado al NOR-ESTE, linda con el lote Nº 40 de la misma manzana D.
SUPERFICIE: 00 ha 789 m² 6.000 cm² (CERO HECTÁREAS, SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SEIS MIL CENTÍMETROS CUADRADOS).
2) LOTE Nº 40 DE LA MANZANA D:
AL SUR-ESTE: Su frente al SUR-ESTE, sobre la calle General Bernardino Caballero, con rumbo N 48° 20’ 00” E (Norte, cuarenta y ocho grados, veinte minutos, cero segundos, Este), mide 18,80 m (dieciocho metros con ochenta centímetros); igual rumbo y dimensión tiene su contrafrente al NOR-OESTE, donde linda con el lote Nº 31 de la misma manzana D, su costado al SUR-OESTE, con rumbo N 41° 40’ 00” W (Norte, cuarenta y un grados, cuarenta minutos, cero segundos, Oeste), mide 42 m (cuarenta y dos metros), linda con el lote Nº 39 de la misma manzana D, igual rumbo y dimensión tiene su contracostado al NOR-ESTE, linda con la calle dos que lo separa del lote Nº 26 de la manzana C.
SUPERFICIE: 00 ha 789 m² 6.000 cm² (CERO HECTÁREAS, SETECIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON SEIS MIL CENTÍMETROS CUADRADOS).
Artículo 2.º La superficie total del inmueble es de 1.579 m² (unos mil quinientos setenta y nueve metros cuadrados). Superficie construida 240 m² (doscientos cuarenta metros cuadrados).
Artículo 3.º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Diputados, a los diez días del mes de abril del año dos mil veinticuatro, y por la Honorable Cámara de Senadores, a los treintaiún días del mes de julio del año dos mil veinticuatro, queda sancionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 de la Constitución Nacional.