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LEY N° 7222
QUE DECLARA EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA NACIONAL, A LOS DEPARTAMENTOS PRESIDENTE HAYES, BOQUERÓN Y ALTO PARAGUAY
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1°.- Declárase en situación de Emergencia Nacional, a los Departamentos Presidente Hayes, Boquerón y Alto Paraguay, de conformidad al Artículo 202, numeral 13) de la Constitución Nacional, para combatir la grave sequía registrada en ese territorio de la República del Paraguay.
Artículo 2°.- Los Ministerios dependientes del Poder Ejecutivo, la Secretaría de Emergencia Nacional y los organismos concurrentes por la Ley N° 2615/2005 “QUE CREA LA SECRETARÍA DE EMERGENCIA NACIONAL (S.E.N.)”, adoptarán todas las medidas conducentes para cooperar con las comunidades indígenas, pobladores y productores de los Departamentos que están en situación crítica, citados en el artículo anterior, mediante asistencia técnica y crediticia oportuna; como asimismo, deberán imprimirse medidas urgentes de carácter sanitario y de asistencia social.
Artículo 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de octubre del año dos mil veintitrés, quedando sancionado el mismo por la Honorable Cámara de Diputados, a quince días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 204 de la Constitución Nacional.