Descargar Archivo: Ley 776 (36.79 KB)
LEY Nº 776
QUE CONCEDE PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA JULIA IRENE CASCO VDA. DE FLEITAS
EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°.- Auméntase a Gs.300.000 (Trescientos mil guaraníes) mensuales, la pensión graciable concedida a la señora Julia Irene Casco Vda. de González, esposa del extinto veterano de la Guerra del Chaco, Sargento 1° Cipriano González Ayala.
Artículo 2°.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta Ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código Presupuestario vigente.
Artículo 3°.- Derógase el Artículo 3° de la Ley N° 1.319/88.
Artículo 4°.- La beneficiaria de esta pensión no podrá acogerse a otros beneficios jubilatorios.
Artículo 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Senadores el dieciséis de agosto del año un mil novecientos noventa y cinco y por la Honorable Cámara de Diputados, sancionándose la Ley, el veinte de noviembre del año un mil novecientos noventa y cinco.