Leyes Paraguayas

Ley Nº 1220 / AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA IDALINA FLORES VDA. DE PERALTA



Descargar Archivo: Ley 1220 (51.59 KB)


LEY N° 1.220

QUE AUMENTA PENSION GRACIABLE A LA SEÑORA IDALINA FLORES VDA. DE PERALTA

EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1o.- Auméntase a G. 300.000 (Trescientos mil guaraníes) mensuales, la pensión graciable concedida a la señora Idalina Flores Vda. de Peralta, ex enfermera de la Guerra del Chaco.

Artículo 2o.- Los fondos a ser transferidos para hacer efectiva la pensión dispuesta en esta ley serán proveídos por la Dirección General del Tesoro a la Dirección de Jubilaciones y Pensiones, dependiente de la Sub-Secretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, conforme al Código presupuestario vigente.

Artículo 3o.- La beneficiaria de esta pensión graciable no podrá acogerse a otro beneficio jubilatorio.

Artículo 4o.- Derógase el Artículo 2o. de la Ley No. 839 de fecha 19 de diciembre de 1980.

Artículo 5o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a veintisiete días del mes de agosto del año un mil novecientos noventa y siete, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 207, numeral 1) de la Constitución Nacional, a once días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y siete


De interes

¿Tienes alguna duda? ponte en contacto con nosotros