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LEY N° 1.067
QUE DEROGA LA LEY N° 1.292 DEL 18 DE DICIEMBRE DE 1987, QUE CREA LA DIRECCION DE EXPLOTACION GEOMINERALOGICA "CHOFERES DEL CHACO".
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Derógase la Ley N° 1.292 del 18 de diciembre de 1987, QUE CREA LA DIRECCION DE EXPLOTACION GEOMINERALOGICA "CHOFERES DEL CHACO".
Artículo 2º.- El patrimonio de la DEGCHACO será transferido en su totalidad a la Dirección de Recursos Minerales del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Artículo 3º.- Los funcionarios que actualmente prestan servicios en la DEGCHACO serán incorporados al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones.
Artículo 4º.- El Poder Ejecutivo dispondrá lo necesario para el cumplimiento de la presente ley.
Artículo 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobada por la Honorable Cámara de Diputados, a dieciocho días del mes de diciembre del año un mil novecientos noventa y seis, y por la Honorable Cámara de Senadores, sancionándose la Ley, a veintidós días del mes de mayo del año un mil novecientos noventa y siete.